DECRETO por el que se concede autorización a la persona Titular del Poder Ejecutivo Federal para permitir la salida de los elementos del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos fuera de los límites del país, a efecto de que participen en el "Intercambio de Adiestramiento de Operaciones en Selva", que se realizará en el Centro de Entrenamiento en la Selva Ecuatorial, de la Guayana Francesa, del 11 de abril al 4 de mayo de 2025.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.
CLAUDIA SHEINBAUM PARDO, Presidenta de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed:
Que la Cámara de Senadores del Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente
DECRETO
"LA CÁMARA DE SENADORES DEL HONORABLE CONGRESO DE LA UNIÓN, EN EJERCICIO DE LA FACULTAD QUE LE CONFIERE EL ARTÍCULO 76, FRACCIÓN III DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS,
DECRETA:
Primero.- Se concede autorización a la persona Titular del Poder Ejecutivo Federal para permitir la salida de los elementos del Ejército y Fuerza Aérea Mexicanos fuera de los límites del país, a efecto de que participen en el "Intercambio de Adiestramiento de Operaciones en Selva", que se realizará en el Centro de Entrenamiento en la Selva Ecuatorial, de la Guayana Francesa, del 11 de abril al 4 de mayo de 2025.
Segundo.- La delegación a la que se refiere el artículo anterior estará conformada por 1 (un) jefe, 2 (dos) oficiales y 9 (nueve) elementos de tropa pertenecientes a la Brigada de Fusileros Paracaidistas, así como 2 (dos) oficiales y 9 (nueve) elementos de tropa del Cuerpo de Fuerzas Especiales, lo que hace un total de 23 (veintitrés) elementos.
La delegación asistirá sin portar armamento a bordo de una aeronave tipo "Casa C-295" de la Fuerza Aérea Mexicana y su retorno será en una aeronave del Ejército del Aire de Francia.
Tercero.- Para la participación de los elementos de la delegación de tropas nacionales en la actividad mencionada en el Artículo Primero, se autoriza su salida del territorio nacional desde el 9 de abril, con la obligación de regresar a más tardar el 6 de mayo, ambos de 2025.
Cuarto.- La persona Titular del Poder Ejecutivo Federal, por conducto de la Secretaría de la Defensa Nacional, deberá presentar un informe al Senado de la República sobre los resultados obtenidos en la actividad objeto de autorización, dentro de los 30 días naturales siguientes a su conclusión.
Transitorio
Único.- El presente Decreto entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Ciudad de México, a 27 de marzo de 2025.- Sen. Gerardo Fernández Noroña, Presidente.- Sen. Luis Donaldo Colosio Riojas, Secretario.- Rúbricas."
En cumplimiento de lo dispuesto por la fracción I del Artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y para su debida publicación y observancia, expido el presente Decreto en la Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, a 03 de abril de 2025.- Claudia Sheinbaum Pardo, Presidenta de los Estados Unidos Mexicanos.- Rúbrica.- Lcda. Rosa Icela Rodríguez Velázquez, Secretaria de Gobernación.- Rúbrica.