ACUERDO por el que se emite la Convocatoria para otorgar el Premio a la Pesca y Acuacultura Sustentables 2025.
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Agricultura.- Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural.
JULIO ANTONIO BERDEGUÉ SACRISTÁN, Secretario de Agricultura y Desarrollo Rural, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 90 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 14, 17, 26 fracción XI y 35 fracciones XXI y XXVI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1, 3, 4, 8 fracciones I, II, XV, XLI y XLII, 29, 151 y 152 de la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 1, 2, apartado B fracción II, 5 fracción XXV, 20 fracción XVI, 55, 56 y octavo transitorio del Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 30 de enero de 2025, en correlación con el artículo Octavo Transitorio del Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura, y Desarrollo Rural, publico el 3 de mayo de 2021, en correlación con el artículo Octavo Transitorio del Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 25 de abril de 2012, el cual hace alusión a las atribuciones de dicha Comisión, previstas en los artículo 3 al 60 del Reglamento Interior de la Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 10 de julio de 2001 y 1, 2 fracciones I y XXXIV y 7 fracción XXXI del Decreto por el que se crea la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 5 de junio de 2001, y
CONSIDERANDO
Que es facultad de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, organizar el Premio a la Pesca y Acuacultura Sustentables, por conducto de la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca (CONAPESCA), en coordinación y colaboración con el Instituto Mexicano de Investigación en Pesca y Acuacultura Sustentables, con las comisiones de Pesca de las Cámaras de Diputados y Senadores del H. Congreso de la Unión y demás instancias públicas y privadas que estime pertinente.
Que el 2 de noviembre de 2020, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que se establece el procedimiento para otorgar anualmente el Premio a la Pesca y Acuacultura Sustentables, que tiene por objeto establecer el procedimiento para otorgar anualmente el Premio a la Pesca y Acuacultura Sustentables a personas físicas y morales mexicanas cuyo esfuerzo destaque en la realización de acciones trascendentes, de innovación, impacto, mejora o buenas prácticas desarrolladas en la pesca o acuacultura sustentables, incluyendo el ordenamiento, conservación, protección, aprovechamiento y restauración de la diversidad de los ecosistemas acuáticos, pesqueros y acuícolas, así como la generación e intercambio de conocimiento y comercialización de productos sustentables; asimismo, precisa que la convocatoria para otorgar el Premio a la Pesca y Acuacultura Sustentables será publicada anualmente en el Diario Oficial de la Federación.
Por ello, para que se otorgue el Premio a la Pesca y Acuacultura Sustentables, he tenido a bien emitir el siguiente:
ACUERDO POR EL QUE SE EMITE LA CONVOCATORIA PARA OTORGAR EL PREMIO A LA PESCA Y
ACUACULTURA SUSTENTABLES 2025
Con el objeto de reconocer a las personas físicas y morales mexicanas, cuyo esfuerzo destaque en la realización de acciones trascendentes, de innovación, impacto, mejora o buenas prácticas desarrolladas en la pesca o acuacultura sustentables, incluyendo el ordenamiento, conservación, protección, aprovechamiento y restauración de los ecosistemas acuáticos pesqueros y acuícolas, así como la generación e intercambio de conocimiento y comercialización de productos sustentables, conforme a las siguientes:
BASES
1. Categorías de participación:
I. Acuacultura rural. Personas físicas, sociedades cooperativas y pequeñas empresas de producción y comercialización que realizan programas y proyectos de acuacultura sustentable de pequeña escala, que aseguran la sanidad de la especie, minimicen el impacto a las poblaciones y ecosistemas y/o la responsabilidad social, generando beneficios a nivel comunitario, regional y nacional.
II. Acuacultura comercial. Personas físicas, sociedades cooperativas y empresas de producción y comercialización que realizan programas y proyectos de acuacultura sustentable a gran escala, que aseguran la sanidad de la especie, minimizan el impacto a las poblaciones y ecosistemas, la responsabilidad social y/o aplican innovación tecnológica, generando beneficios a nivel municipal, estatal, regional y/o nacional.
III. Pesca comercial de pequeña escala. Personas físicas, sociedades cooperativas y pequeñas empresas de producción y comercialización que realizan programas y proyectos de pesca sustentable de pequeña escala, que aseguran la sanidad de las especies objetivo, minimicen el impacto al ecosistema, garanticen un sistema de manejo funcional y transparente, la responsabilidad social y/o aplican innovación tecnológica, generando beneficios a nivel municipal, estatal, regional y/o nacional.
IV. Pesca comercial de gran escala. Personas físicas, sociedades cooperativas y empresas de producción y comercialización pesquera a gran escala que realizan programas y proyectos de manejo sustentable de los recursos y ecosistemas, incluyendo prácticas que aseguran la sanidad de las especies objetivo, el menor impacto al ecosistema, un sistema de manejo funcional y transparente, la responsabilidad social y/o aplican innovación tecnológica, generando impactos y beneficios a nivel municipal, estatal, regional y/o nacional.
V. Investigación pesquera o acuícola. Personas físicas, centros de investigación y organizaciones de la sociedad civil, cuyas contribuciones a la ciencia hayan impulsado prácticas de pesca y acuacultura sustentables, incluyendo investigación básica o aplicada, que contribuyan a la recuperación de las especies objetivo y ecosistemas, sistemas de manejo funcional y transparente, responsabilidad social, comercialización e innovación tecnológica. Se reconocerán esfuerzos sobresalientes a nivel municipal, estatal, regional y/o nacional.
2. Criterios de participación:
I. Las personas candidatas deben ser postuladas por una organización pública, privada o social relacionada con el sector pesquero y acuícola;
II. Excepciones a las postulaciones.
No podrán ser postuladas las personas siguientes:
a. No se aceptan auto postulaciones.
b. Servidores públicos del Congreso de la Unión, de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, de sus órganos administrativos desconcentrados y organismos descentralizados sectorizados a la propia Secretaría;
c. Aquellas que estén sujetas a procedimientos de responsabilidad administrativa y/o penal ante la CONAPESCA, la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente u otras instancias gubernamentales federales o locales correspondientes;
d. Quienes por el mismo trabajo haya recibido otro premio por parte del Congreso de la Unión, la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, sus órganos administrativos desconcentrados y organismos descentralizados sectorizados a la propia Secretaría;
e. Quienes hayan sido galardonados con el Premio a la Pesca y Acuacultura Sustentables en la edición 2024, y
f. Las morales que pertenezcan a un grupo empresarial donde alguna de las empresas integrantes haya sido galardonada en la edición 2024.
3. Requisitos de participación:
I. Carta de postulación. Documento disponible en la liga electrónica https://www.conapesca.gob.mx/wb/cona/premio_pesca_2025, en el cual se deben llenar todos los campos con la información requerida (nombre, dirección, teléfono y correo electrónico de la persona candidata y la categoría en la que participará, el programa o proyecto que refleje la innovación, impacto y trascendencia de sus esfuerzos en la sustentabilidad pesquera y/o acuícola). Además, nombre, firma, teléfono y correo electrónico de la persona postulante.
II. Ficha técnica. Documento disponible en la liga electrónica https://www.conapesca.gob.mx/wb/cona/premio_pesca_2025; no mayor a cinco cuartillas, tamaño carta, con la información del programa o proyecto conforme a la categoría en la que participará.
III. Evidencias. Todas aquellas pruebas que avalen cada una de las acciones destacadas en la ficha técnica (fotografías, materiales didácticos, videos, reconocimientos, cartas de apoyo, entre otros); para la categoría de Investigación Pesquera o Acuícola es requisito incluir el listado de publicaciones (liga electrónica) para comprobar la trayectoria académica.
El nombre de los archivos a enviar no debe contener caracteres especiales (letras acentuadas, espacios en blanco, comas, guiones medio y bajo, letra ñ, diagonales, símbolos matemáticos, asteriscos y signos de puntuación, barras, paréntesis, corchetes, comillas, puntos) y deben ser compactados como carpeta zip. Los formatos de archivos permitidos son fotografía: .jpeg, .png; documentos: .xls, .doc, .pdf, .ppt.
Las evidencias en video deben ser indicadas en la ficha técnica, únicamente con la liga de Youtube o de la plataforma en la que se encuentren hospedados.
Las personas candidatas pueden enviar una o varias cartas de apoyo debidamente firmadas para avalar su trabajo y experiencia, todas integradas en un mismo archivo.
Las evidencias que no sean remitidas de acuerdo con indicaciones anteriores no serán aceptadas.
4. Registro, envío y/o entrega de documentos:
Los requisitos establecidos en el numeral 3 (carta de postulación, ficha técnica y evidencias) de la presente convocatoria deben ser enviados en un solo correo o presentados en una sola exhibición, a través de los medios siguientes:
II. Correo certificado. Al domicilio de la CONAPESCA ubicado en Avenida Camarón Sábalo, número 1210, fraccionamiento Sábalo Country Club, código postal 82100, en la Ciudad de Mazatlán, Sinaloa. La fecha del sello en el documento debe coincidir con el plazo límite de la presente convocatoria, con independencia de que la recepción en físico sea extemporánea.
III. Entrega física de documentos. En oficialía de partes de la CONAPESCA, ubicada en la Ciudad de Mazatlán, Sinaloa, en Avenida Camarón Sábalo, número 1210, Fraccionamiento Sábalo Country Club, código postal 82100.
El registro, envío y/o entrega de documentos que no se ajuste al procedimiento anterior no serán tomadas en cuenta.
El registro de candidaturas deber realizarse dentro de los 45 días naturales, contados a partir de la entrada en vigor del presente Acuerdo. En caso de cumplir con los requisitos establecidos, se enviará el número de folio de participación, al correo electrónico de contacto del candidato que se proporcionó en la Carta de Postulación.
Cuando la información y documentación se presente incompleta, se notificará por una sola vez a la persona postulante, especificándole el requisito o información faltante, para que lo subsane dentro de los 15 días hábiles posteriores a la notificación, dentro del periodo de recepción de candidaturas.
5. Confidencialidad de la información.
La información que presenten las personas postulantes y la que se genere durante el proceso de evaluación, será considerada como reservada, en términos de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública y sus correlativos de la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y será utilizada, únicamente, para fines del proceso de evaluación y selección.
6. Jurado Calificador.
El Jurado Calificador del Premio a la Pesca y Acuacultura Sustentables estará conformado por personas que no pertenezcan a la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural o a las instancias o instituciones organizadoras. Estará integrado por al menos 3 y máximo 5 personas expertas en las categorías siguientes: I. Acuacultura rural y comercial; II. Pesca comercial de pequeña y gran escala y III. Investigación pesquera o acuícola y sus nombres serán dados a conocer al momento de la premiación.
En caso de empate en la selección del ganador, el Jurado Calificador de las categorías correspondientes lo decidirá por mayoría de votos.
7. Evaluación
El Jurado Calificador evaluará las candidaturas considerando la documentación remitida y bajo un sistema de puntaje de uno a cinco con base en los criterios siguientes:
I. Contribución al estado de sanidad de la especie objetivo;
II. Contribución a minimizar el impacto en el ecosistema y especies asociadas;
III. Contribución a mejorar el sistema de manejo;
IV. Contribución a la responsabilidad social;
V. Beneficios a nivel local, regional o nacional;
VI. Originalidad y creatividad del proyecto, e
VII. Integración de los diferentes sectores de la cadena de valor.
En caso de que se detecte información y/o documentación falsa se procederá a la descalificación.
El fallo del Jurado Calificador es inapelable e irrevocable. La notificación a la persona premiada se hará de conocimiento público a través de la página electrónica de la CONAPESCA https://www.gob.mx/conapesca, redes sociales de la misma y de las instituciones integrantes del comité organizador que consideren hacerlo.
El Jurado Calificador otorga un primer, un segundo y un tercer lugar a cada una de las categorías y puede declarar desierto el Premio si las personas candidatas no reúnen los méritos suficientes o no hay participación en alguna de las categorías. Se considera que se reúnen los méritos suficientes, cuando el Jurado Calificador otorga a los candidatos un promedio general mínimo de 80 puntos.
Cualquier caso no previsto referente a la evaluación será resuelto por el Jurado Calificador.
8. Premios.
Las personas ganadoras del primer, segundo y tercer lugar en cada categoría recibirán un diploma de reconocimiento.
9. Ceremonia de premiación.
El acto de premiación 2025 tendrá verificativo en la fecha y lugar que determine la CONAPESCA, lo cual se hará de conocimiento público, con al menos 5 días hábiles previo al evento, a través de las páginas https://www.gob.mx/conapesca y https://www.gob.mx/imipas y www.cobi.org.mx.
10. Informes.
Para aclaración de dudas, así como para obtener más información, está disponible el correo electrónico [email protected] y los teléfonos de la CONAPESCA (669) 915 6900, extensiones 58618, 58612 y 58620 de lunes a viernes con horario de 9:00 a 15:00 horas. "Esta convocatoria es pública, ajena a cualquier partido político y no persigue lucro alguno. Queda prohibido el uso para fines distintos a los establecidos en el presente Acuerdo".
TRANSITORIO
ÚNICO.- El presente Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Ciudad de México, a 27 de marzo de 2025.- El Secretario de Agricultura y Desarrollo Rural, Julio Antonio Berdegué Sacristán.- Rúbrica.