ACUERDO mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones aprueba su calendario anual de sesiones ordinarias y el calendario anual de labores para el año 2025 y principios de 2026

ACUERDO mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones aprueba su calendario anual de sesiones ordinarias y el calendario anual de labores para el año 2025 y principios de 2026.

Al margen un logotipo, que dice: Instituto Federal de Telecomunicaciones.

ACUERDO MEDIANTE EL CUAL EL PLENO DEL INSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES APRUEBA SU CALENDARIO ANUAL DE SESIONES ORDINARIAS Y EL CALENDARIO ANUAL DE LABORES PARA EL AÑO 2025 Y PRINCIPIOS DE 2026.
Con fundamento en los artículos 28, párrafos décimo sexto y décimo séptimo de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 6, fracción IV de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión; 28, 29 y 30 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 114, 115 y 116 de la Ley Federal de Competencia Económica; 3 y 12 del Estatuto Orgánico del Instituto Federal de Telecomunicaciones (Estatuto Orgánico), y 69 de las Disposiciones por las que se establece el Sistema de Servicio Profesional del Instituto Federal de Telecomunicaciones, se expide el siguiente:
Acuerdo
Primero.- El Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones celebrará sesiones ordinarias durante el año 2025, al menos los siguientes días:
15 de enero
29 de enero
12 de febrero
26 de febrero
12 de marzo
26 de marzo
9 de abril
23 de abril
7 de mayo
21 de mayo
4 de junio
18 de junio
2 de julio
16 de julio
13 de agosto
27 de agosto
10 de septiembre
24 de septiembre
8 de octubre
22 de octubre
5 de noviembre
19 de noviembre
3 de diciembre
17 de diciembre
Lo anterior, sin perjuicio de las demás sesiones ordinarias o extraordinarias que se convoquen en términos de lo dispuesto en el Estatuto Orgánico.
Segundo.- Las actuaciones y diligencias administrativas se practicarán en días y horas hábiles. Para tal efecto, se consideran hábiles todos los días del año, con excepción de los sábados, domingos y aquéllos en los que se suspendan labores en el Instituto.
Son horas hábiles las comprendidas entre las 9:00 y 18:30 horas de lunes a jueves, y entre las 9:00 y 15:00 horas los viernes, siempre que se trate de días hábiles.
La recepción de documentos en la Oficialía de Partes del Instituto se realizará únicamente en días y horas hábiles, en el domicilio ubicado en Insurgentes Sur, número 1143, colonia Nochebuena, demarcación territorial Benito Juárez, C.P. 03720, Ciudad de México. El día de vencimiento de los plazos serán admitidas las promociones por transmisión electrónica después de concluido el horario de la Oficialía de Partes, conforme al mecanismo publicado en el portal de internet del Instituto.
Tercero.- Se suspenderán labores en el Instituto los siguientes días del año 2025 y principios de 2026:
3 de febrero
17 de marzo
14 al 18 de abril
1 de mayo
21 al 25 y 28 al 31 de julio
1 de agosto
16 de septiembre
17 de noviembre
22 al 26 y del 29 al 31 de diciembre
1 y 2, 5 y 6 de enero de 2026
Cuarto.- El Pleno, los Titulares de Unidad, el Titular de la Autoridad Investigadora, así como los Directores Generales, podrán habilitar días y horas inhábiles conforme a lo dispuesto en la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, la Ley Federal de Competencia Económica y el Estatuto Orgánico, según corresponda, cuando así lo requiera el asunto.
Quinto.- Para las actuaciones y diligencias relativas al presupuesto para el ejercicio fiscal 2025, se considerarán como hábiles: del año 2024, los días 19, 20, 23 al 27, 30 y 31 de diciembre; del año 2025, los días 1 al 3 de enero, 22 al 26 y 29 al 31 de diciembre, y del año 2026 los días 1 y 2, 5 y 6 de enero.
Transitorios
Primero.- Publíquese el presente Acuerdo en el Diario Oficial de la Federación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 6, fracción IV y 46 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión y 28, segundo párrafo de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo.
Segundo.- El presente Acuerdo entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Comisionado Presidente*, Javier Juárez Mojica.- Firmado electrónicamente.- Comisionados: Arturo Robles Rovalo, Sóstenes Díaz González, Ramiro Camacho Castillo.- Firmado electrónicamente.
Acuerdo P/IFT/131124/444, aprobado por unanimidad en la XXVII Sesión Ordinaria del Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones, celebrada el 13 de noviembre de 2024.
Lo anterior, con fundamento en los artículos 28, párrafos décimo sexto, décimo séptimo y vigésimo primero, fracción I de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 7, 16, 23, fracción I y 45 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, y 1, 7, 8 y 12 del Estatuto Orgánico del Instituto Federal de Telecomunicaciones.
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*En suplencia por ausencia del Comisionado Presidente del Instituto Federal de Telecomunicaciones, suscribe el Comisionado Javier Juárez Mojica, con fundamento en el artículo 19 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión.
DAVID GORRA FLOTA, SECRETARIO TÉCNICO DEL PLENO DEL INSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES, con fundamento en los artículos 25 de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, y 16, primer párrafo, fracción XIX del Estatuto Orgánico del Instituto Federal de Telecomunicaciones, así como numerales Primero, inciso a) y Cuarto del "Acuerdo mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones establece el uso de la Firma Electrónica Avanzada para los actos que emitan los servidores públicos que se indican", publicado en el Diario Oficial de la Federación el 11 de noviembre de 2020, CERTIFICA: Que el presente documento, constante de tres fojas útiles, es una representación impresa que corresponde fielmente con el documento electrónico original suscrito con Firma Electrónica Avanzada emitida por el Servicio de Administración Tributaria, del "Acuerdo mediante el cual el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones aprueba su Calendario Anual de Sesiones Ordinarias y el Calendario Anual de Labores para el año 2025 y principios de 2026.", aprobado por el Pleno del Instituto Federal de Telecomunicaciones en su XXVII Sesión Ordinaria, celebrada el 13 de noviembre de dos mil veinticuatro, identificado con el número P/IFT/131124/444.
Se certifica con la finalidad de que se publique en el Diario Oficial de la Federación.
Ciudad de México, a 20 de noviembre de dos mil veinticuatro.- Rúbrica.