PRIMER Convenio Modificatorio al Convenio de Colaboración para la operación del Programa S200 Fortalecimiento a la Atención Médica para el ejercicio fiscal 2024, que celebran Servicios de Salud del Instituto Mexicano del Seguro Social para el Bienestar (IMSS-BIENESTAR) y el Estado de Chiapas.
Al margen un logotipo, que dice: Servicios de Salud.- IMSS-BIENESTAR.
IB-CM-S200-FAM-2024-CHIS-07
PRIMER CONVENIO MODIFICATORIO AL CONVENIO DE COLABORACIÓN PARA LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA S200 FORTALECIMIENTO A LA ATENCIÓN MÉDICA PARA EL EJERCICIO FISCAL 2024, EN ADELANTE "EL PROGRAMA", QUE CELEBRAN POR UNA PARTE, SERVICIOS DE SALUD DEL INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL PARA EL BIENESTAR (IMSS-BIENESTAR), AL QUE EN ADELANTE SE LE DENOMINARÁ "IMSS-BIENESTAR"; REPRESENTADO POR EL DR. JOSÉ ALEJANDRO AVALOS BRACHO, TITULAR DE LA UNIDAD DE ATENCIÓN A LA SALUD; MARIA DE JESÚS HERROS VÁZQUEZ, TITULAR DE LA UNIDAD DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS; LA DRA. LUZ ARLETTE SAAVEDRA ROMERO, TITULAR DE LA COORDINACIÓN DE UNIDADES DE PRIMER NIVEL, LA L.A.P. DIANA HILDA PÉREZ LEÓN, TITULAR DE LA COORDINACIÓN DE RECURSOS HUMANOS; LA LIC. EUNICE FARIAS MARTINEZ, TITULAR DE LA COORDINACIÓN DE PROGRAMACIÓN Y PRESUPUESTO, Y POR LA OTRA PARTE, EL EJECUTIVO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE CHIAPAS, AL QUE EN LO SUCESIVO SE LE DENOMINARÁ "LA ENTIDAD", REPRESENTADO POR EL LIC. MANUEL FRANCISCO ANTONIO PARIENTE GAVITO, EN SU CARÁCTER DE SECRETARIO DE FINANZAS, Y POR EL DR. OMAR GÓMEZ CRUZ, SECRETARIO DE SALUD Y DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DE SALUD DEL ESTADO DE CHIAPAS, ASISTIDO POR EL DR. FRANCISCO JAVIER PANIAGUA MORGAN, DIRECTOR DE ATENCIÓN MÉDICA DEL INSTITUTO DE SALUD; A QUIENES CUANDO ACTÚEN DE MANERA CONJUNTA SE LES DENOMINARÁ COMO "LAS PARTES", CONFORME A LOS ANTECEDENTES, DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES:
ANTECEDENTES
I. Con fecha 22 de marzo de 2024, "IMSS-BIENESTAR" y "LA ENTIDAD", suscribieron un Convenio de Colaboración para la operación del Programa S200 Fortalecimiento a la Atención Médica para el ejercicio fiscal 2024, en adelante el "CONVENIO PRINCIPAL" con el objeto de transferir a "LA ENTIDAD" recursos presupuestarios federales, con el carácter de subsidios, para cubrir los gastos de operación de "EL PROGRAMA" en el ejercicio fiscal 2024, en los conceptos y con los alcances estipulados en el instrumento jurídico, y de manera específica para realizar algunos de los gastos que se deriven de la operación de las Unidades Médicas Móviles otorgadas a "LA ENTIDAD" para el desarrollo de "EL PROGRAMA" mediante los contratos de comodato suscritos en años anteriores entre la Secretaría de Salud y "LA ENTIDAD", así como los correspondientes convenios modificatorios por los que se prorroga la vigencia de éstos, de conformidad con los Anexos del instrumento, de igual forma "IMSS-BIENESTAR" con cargo a los recursos de "EL PROGRAMA" y sujeto a la disponibilidad presupuestaria del mismo, apoye a "LA ENTIDAD", con la contratación y asignación de (i) las personas con formación de medicina general que formarán parte de las Brigadas de Salud de "EL PROGRAMA" (ii) la plantilla operativa correspondiente a dichos equipos (personal de enfermería, odontología y de promoción) en los términos previstos en las Reglas de Operación de "EL PROGRAMA".
II. De conformidad con la Cláusula Décima Tercera del "CONVENIO PRINCIPAL", "LAS PARTES" acordaron qué en circunstancias especiales, caso fortuito o de fuerza mayor, para la realización del objeto previsto en el instrumento jurídico, tomarán las medidas y mecanismos que permitan afrontar dichas eventualidades. En todo caso, las medidas y mecanismos acordados serán formalizados mediante la suscripción del Convenio Modificatorio correspondiente, mismo que obliga a sus signatarios a partir de la fecha de su firma, así como a publicarse en el Diario Oficial de la Federación y en el Órgano de Difusión Oficial de "LA ENTIDAD".
III. El 30 de septiembre de 2024, la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana publicó en el Diario Oficial de la Federación en adelante (DOF) la Declaratoria de Emergencia (Acuerdo por el que se establece una situación de emergencia) por la inminente y alta probabilidad de impacto del huracán categoría 3 "John" y vientos fuertes, los días 23 y 24 de septiembre de 2024 para los estados de Guerrero y Oaxaca.
IV. Mediante oficio No. UAS-1629/2024, de fecha 30 de septiembre de 2024, la persona Titular de la Unidad de Atención a la Salud, solicitó apoyo a la Coordinación Estatal de "IMSS-BIENESTAR" en Chiapas, en atención al Programa Fortalecimiento a la Atención Médica (PFAM) para el Estado de Guerrero, derivado del Impacto del Huracán "John", para lo cual se le pidió determine la movilización temporal, durante 21 días o en su caso de 10 días contemplando el relevó de la misma, de al menos una de las Unidades Médicas Móviles (UMM) tipo "0", para sumarse al apoyo que se brindó en esa emergencia, con su respectiva Brigada de Salud del Programa S200.
V. El 01 de octubre de 2024, la Coordinación Estatal de "IMSS-BIENESTAR" en Chiapas, mediante oficio 0760/2024 comunicó a "LA ENTIDAD" a través de la Secretaría de Salud y Dirección General del Instituto de Salud, que en aras de la colaboración interinstitucional, y derivado de la contingencia hidrometeorológica, condicionada por el paso del huracán "John" que aqueja al municipio de Acapulco, en el estado de Guerrero, se movilizarán de forma temporal 3 unidades tipo "0" integradas por 3 personas adscrito al Programa S200 (un médico(a), enfermero(a) y promotor(a)), al municipio de Acapulco para brindar la atención médica a la población vulnerable, y solicitó su intervención para que sean tramitados los viáticos correspondientes.
VI. El 04 de noviembre de 2024, la Secretaría de Seguridad y Protección Ciudadana publicó en el (DOF) el Aviso de Término de la Declaratoria de Emergencia (Acuerdo por el que se establece el término de situación de emergencia) para los estados de Guerrero y Oaxaca, por la inminencia y alta probabilidad de impacto del huracán categoría 3 "John" y vientos fuertes, los días 23 y 24 de septiembre de 2024.
DECLARACIONES
I. "IMSS-BIENESTAR" declara que:
Reproduce y ratifica del "CONVENIO PRINCIPAL", las declaraciones I.1, I.7, I.8, I.9 y I.10, modificando las declaraciones I.2, I.3, I.4, I.5 y I.6, por lo que se deberá estar a lo establecido en las siguientes declaraciones:
I.2 El Dr. José Alejandro Avalos Bracho, Titular de la Unidad de Atención a la Salud, cargo que acredita con copia de su nombramiento, quien cuenta con las facultades suficientes para intervenir en la celebración del presente instrumento jurídico, considerando las atribuciones que se le confieren en los artículos, 18, 22, 23, fracción XI y 25 del Estatuto Orgánico de Servicios de Salud del Instituto Mexicano del Seguro Social para el Bienestar (IMSS-BIENESTAR).
I.3 María de Jesús Herros Vázquez, en su carácter de Titular de la Unidad de Administración y Finanzas, cargo que acredita con copia de su nombramiento, quien cuenta con las facultades suficientes para intervenir en la celebración del presente instrumento jurídico, considerando las atribuciones que se le confieren en los artículos 18, 22, 23 fracción XI y 35 del Estatuto Orgánico de Servicios de Salud del Instituto Mexicano del Seguro Social para el Bienestar (IMSS-BIENESTAR).
I.4 La Dra. Luz Arlette Saavedra Romero, en su carácter de Titular de la Coordinación de Unidades de Primer Nivel, cargo que acredita con copia de su nombramiento, quien cuenta con las facultades suficientes para intervenir en la celebración del presente instrumento jurídico, considerando las atribuciones que se le confieren en los artículos 24 y 26 del Estatuto Orgánico de Servicios de Salud del Instituto Mexicano del Seguro Social para el Bienestar (IMSS-BIENESTAR).
I.5 La L.A.P. Diana Hilda Pérez León, en su carácter de Titular de la Coordinación de Recursos Humanos, cargo que acredita con copia de su nombramiento, quien cuenta con las facultades suficientes para intervenir en la celebración del presente instrumento jurídico, considerando las atribuciones que se le confieren en los artículos 24 y 41 del Estatuto Orgánico de Servicios de Salud del Instituto Mexicano del Seguro Social para el Bienestar (IMSS-BIENESTAR).
I.6 La Lic. Eunice Farías Martínez, en su carácter de Titular de la Coordinación de Programación y Presupuesto, cargo que acredita con copia de su nombramiento, quien cuenta con las facultades suficientes para intervenir en la celebración del presente instrumento jurídico, considerando las atribuciones que se le confieren en los artículos 24 y 36 del Estatuto Orgánico de Servicios de Salud del Instituto Mexicano del Seguro Social para el Bienestar (IMSS-BIENESTAR).
II. "LA ENTIDAD" declara que:
II.1 Reproduce y ratifica del "CONVENIO PRINCIPAL", las declaraciones II.3 y II.4 así como su último párrafo y se modifican las declaraciones II.1. y II.2 y se agrega la II.3, por lo que se deberá estar a lo establecido en las siguientes declaraciones:
II.1 El Lic. Manuel Francisco Antonio Pariente Gavito, Secretario de Finanzas, cargo que acredita con copia de su nombramiento, quien cuenta con las facultades suficientes para intervenir en la celebración del presente instrumento jurídico, de conformidad con los artículos 7, 8, 13,16 fracción II, 23, 30 fracción II y 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Chiapas.
II.2 El Dr. Omar Gómez Cruz, Secretario de Salud y Director General del Instituto de Salud, cargo que acredita con copia de su nombramiento, quien cuenta con las facultades suficientes para intervenir en la celebración del presente instrumento jurídico, de conformidad con los artículos 13, 16, 22 23, 30 fracción XIII y 43 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Chiapas, así como el artículo 10, fracciones I y XIV de la Ley Orgánica del Instituto de Salud del Estado de Chiapas.
II.3 El Dr. Francisco Javier Paniagua Morgan, Director de Atención Médica del Instituto de Salud, fue designado por el Secretario de Salud y Director General del Instituto de Salud, mediante nombramiento de fecha 08 de diciembre de 2024, y por tanto participa en la suscripción del presente instrumento jurídico de conformidad con los artículos 28, 29 fracción VIII del Reglamento Interior del Instituto de Salud.
III. "LAS PARTES" declaran que:
III.1 Se reconocen mutuamente el carácter y las facultades con las que comparecen a la celebración del presente instrumento jurídico.
III.2, Acuerdan la celebración de este Convenio Modificatorio, de conformidad con las siguientes:
CLÁUSULAS
PRIMERA. OBJETO. "LAS PARTES", acuerdan modificar el Anexo 3 denominado "DISTRIBUCIÓN DEL GASTO POR CONCEPTO Y PARTIDA DE GASTO PARA LA APLICACIÓN DE LOS RECURSOS TRANSFERIDOS A "LA ENTIDAD" del "CONVENIO PRINCIPAL", para quedar en los siguientes términos:
ANEXO 3 DEL CONVENIO DE COLABORACIÓN PARA LA OPERACIÓN DEL PROGRAMA S200 FORTALECIMIENTO A LA
ATENCIÓN MÉDICA
DISTRIBUCIÓN DEL GASTO POR CONCEPTO Y PARTIDA DE GASTO
PARA LA APLICACIÓN DE LOS RECURSOS TRANSFERIDOS A "LA ENTIDAD"
GASTOS DE OPERACIÓN ANUALES PARA 85 UMM | TOTAL 2024 |
3700 "SERVICIOS DE TRASLADO Y VIÁTICOS" (*) | $309,785.85 |
33604 "IMPRESIÓN Y ELABORACIÓN DE MATERIAL INFORMATIVO DERIVADO DE LA OPERACIÓN Y ADMINISTRACIÓN DE LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES" (**) | $231,973.76 |
25401 MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS MEDICOS. | $2,031,718.76 |
25501 MATERIALES, ACCESORIOS Y SUMINISTROS DE LABORATORIO. | $715,349.63 |
26102 COMBUSTIBLES, LUBRICANTES Y ADITIVOS PARA VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES DESTINADOS A SERVICIOS PÚBLICOS Y LA OPERACIÓN DE PROGRAMAS PÚBLICOS | $0.00 |
35501 MANTENIMIENTO Y CONSERVACIÓN DE VEHÍCULOS TERRESTRES, AÉREOS, MARÍTIMOS, LACUSTRES Y FLUVIALES | $4,146,510.04 |
37901 GASTOS PARA OPERATIVOS Y TRABAJOS DE CAMPO EN ÁREAS RURALES (***) | $12,098,214.15 |
29501 REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE EQUIPO E INSTRUMENTAL MÉDICO Y DE LABORATORIO | $0.00 |
29601 REFACCIONES Y ACCESORIOS MENORES DE EQUIPO DE TRANSPORTE | $2,656,024.00 |
TOTAL | $22,189,576.19 |
*...
...
**...
***...
...
...
SEGUNDA. RATIFICACIÓN DEL CONTENIDO del "CONVENIO PRINCIPAL". "LAS PARTES" acuerdan que, salvo las modificaciones señaladas tanto en las declaraciones I.2, I.3, I.4, I.5 y I.6 de IMSS-BIENESTAR y II.1, 11.2 y II3 , así como el Anexo 3, denominado "DISTRIBUCIÓN DEL GASTO POR CONCEPTO Y PARTIDA DE GASTO PARA LA APLICACIÓN DE LOS RECURSOS TRANSFERIDOS A "LA ENTIDAD", al que se hace referencia en la cláusula que antecede, el resto de sus estipulaciones quedan vigentes con toda su fuerza y alcance legal formando ambos instrumentos jurídicos una sola unidad contractual.
TERCERA. ENTRADA EN VIGOR DE LAS MODIFICACIONES. "LAS PARTES" convienen que las modificaciones al "CONVENIO PRINCIPAL" pactadas en el presente Convenio Modificatorio, entrarán en vigor a partir de la fecha de su firma.
Una vez leído el presente instrumento jurídico y estando "LAS PARTES" enteradas y conformes de su contenido y alcance legal, lo firman por septuplicado, en la Ciudad de México, a los treinta y un días del mes de diciembre de dos mil veinticuatro.- Por IMSS-BIENESTAR: Titular de la Unidad de Atención a la Salud, Dr. José Alejandro Avalos Bracho.- Rúbrica.- Titular de la Unidad de Administración y Finanzas, María de Jesús Herros Vázquez.- Rúbrica.- Titular de la Coordinación de Unidades de Primer Nivel, Dra. Luz Arlette Saavedra Romero.- Rúbrica.- Titular de la Coordinación de Recursos Humanos, L.A.P. Diana Hilda Pérez León.- Rúbrica.- Titular de la Coordinación de Programación y Presupuesto, Lic. Eunice Farías Martínez.- Rúbrica.- Por la Entidad: Secretario de Finanzas, Lic. Manuel Francisco Antonio Pariente Gavito.- Rúbrica.- Secretario de Salud y Director General del Instituto de Salud, Dr. Omar Gómez Cruz.- Rúbrica.- Director de Atención Médica del Instituto de Salud, Dr. Francisco Javier Paniagua Morgan.- Rúbrica.